erumfoto Publicado 11 de Enero de 2022 Compartir Publicado 11 de Enero de 2022 (editado) HOLA COMPAÑEROS ESPERO QUE MUCHOS DE VOSOTROS SEÁIS AUTÓNOMOS CON LICENCIA FISCAL EL ALTA. Y Nos podáis aconsejar. Los que tenemos licencia fiscal y seguimos en alta pero no ingresamos porque de hecho estamos jubilados…SI NOS COMPRAMOS UNA a9….¿ CÓMO PODEMOS DESGRAVARNOS EL IVA SI NO LO PODEMOS COMPENSAR CON el Iva soportado porque no tenemos gastos? De entrada se me ocurre: 1.- DARSE DE ALTA EN operaciones intracomunitarias. 2: Comprar en ALEMANIA por 500€ menos que en España. ( digo Alemania xq cuesta 500€ menos y disponemos de la garantía oficial Nikon alemana.) 3.- Al recibir la factura, en la declaración trimestral, al ser operación intracomunitaria, en la misma declaración se declara el IVA como soportado, y a la vez se deduce, de manera que el resultado NO ES A INGRESAR. Esto es legal pero yo no lo he hecho, y el único problema sería que te tocase una revisión ( muy poco probable), y te dijeran que no lo puedes hacer porque en el cómputo del año, tus gastos 6500€ no son acordes con unos ingresos bajos ( 600 € al año, por ejemplo si haces algún favorcillo a alguna amistad.) Nota del Moderador:Parte del contenido ha sido eliminado por inapropiado. Editado 12 de Enero de 2022 por Arnold Enlace al comentario Compartir en otros sitios web Mas opciones de compartir...
Ochoa Publicado 16 de Enero de 2022 Compartir Publicado 16 de Enero de 2022 (editado) La pregunta es incorrecta porque el IVA de las compras NO SE INGRESA, se paga y luego Hacienda te lo devuelve. O en compras a otros países de la UE hay la opción de que el vendedor directamente no cargue el IVA en la factura, con lo que el comprador paga el precio sin IVA. No se trata solo de tener licencia fiscal, pues eso hoy día consiste en ir a la Agencia Tributaria y darse de alta, y al menos para los profesionales autónomos no tiene ni coste. Pero además para poder facturar y comprar hay que estar de alta en el régimen de la S.S. de autónomos (RETA), o en su defecto de alta en un Colegio Profesional e imprescindible pagar las cuotas de la Mutualidad correspondiente alternativa al RETA. Para la irregularidad, por no decir ilegalidad que propones, efectivamente hay que darse de alta también de operador intracomunitario, yo lo soy. Y te obliga, sí o sí, a una declaración trimestral de operaciones, (ésta es independiente y además de la propia del IVA), incluso no habiendo realizado ninguna. Como podrás imaginar el propio sistema informático de Hacienda lo detecta y da la alarma, si hay compras sin ingreso alguno en el trimestre y luego en el ejercicio anual. Por eso si encuentras más barato un artículo en otro país IVA incluido, que aquí, y no tienes actividad profesional, lo más práctico es comprar y pagar con el IVA que ponga el vendedor extranjero y ya está, como haría un particular. Hay empresas alemanas que mantienen el precio final aunque el IVA aquí sea un par de puntos más y otras como Amazon sí recalcula el precio final en función del tipo del país de destino. Sinceramente me parece muy cutre por unos cientos de euros meterse en ese lío. Editado 16 de Enero de 2022 por Ochoa 3 Enlace al comentario Compartir en otros sitios web Mas opciones de compartir...
fffrancis Publicado 16 de Enero de 2022 Compartir Publicado 16 de Enero de 2022 Yo creo que si podría ser legal si le pides a los alemanes que te paguen la jubilación. 1 Enlace al comentario Compartir en otros sitios web Mas opciones de compartir...
valentin1963 Publicado 16 de Enero de 2022 Compartir Publicado 16 de Enero de 2022 Cuando compras en Alemania, pongamos por amazon, el precio te lo pone con el 19% de ellos, pero al pedir factura para España, te aplica el 21% de aquí. Hombre, no son 500 leuros, pero 100 seguro que sí. Suerte con la compra del bicho Enlace al comentario Compartir en otros sitios web Mas opciones de compartir...
Pere63 Publicado 16 de Enero de 2022 Compartir Publicado 16 de Enero de 2022 En 11/1/2022 a las 20:07, erumfoto dijo: HOLA COMPAÑEROS ESPERO QUE MUCHOS DE VOSOTROS SEÁIS AUTÓNOMOS CON LICENCIA FISCAL EL ALTA. Y Nos podáis aconsejar. Los que tenemos licencia fiscal y seguimos en alta pero no ingresamos porque de hecho estamos jubilados…SI NOS COMPRAMOS UNA a9….¿ CÓMO PODEMOS DESGRAVARNOS EL IVA SI NO LO PODEMOS COMPENSAR CON el Iva soportado porque no tenemos gastos? De entrada se me ocurre: 1.- DARSE DE ALTA EN operaciones intracomunitarias. 2: Comprar en ALEMANIA por 500€ menos que en España. ( digo Alemania xq cuesta 500€ menos y disponemos de la garantía oficial Nikon alemana.) 3.- Al recibir la factura, en la declaración trimestral, al ser operación intracomunitaria, en la misma declaración se declara el IVA como soportado, y a la vez se deduce, de manera que el resultado NO ES A INGRESAR. Esto es legal pero yo no lo he hecho, y el único problema sería que te tocase una revisión ( muy poco probable), y te dijeran que no lo puedes hacer porque en el cómputo del año, tus gastos 6500€ no son acordes con unos ingresos bajos ( 600 € al año, por ejemplo si haces algún favorcillo a alguna amistad.) Nota del Moderador:Parte del contenido ha sido eliminado por inapropiado. Tiene narices que preguntes aquí, sin sonrojarte, qué es lo que debes hacer para defraudar a Hacienda (que somos todos), pues por los datos que aportas y el planteamiento que haces (leí tu post antes de que moderación lo editase), de eso se trata, de acometer un fraude de ley para estafar al fisco. Y, repito, sin sonrojarte. ¡Lo que hay que ver! 7 Enlace al comentario Compartir en otros sitios web Mas opciones de compartir...
Pepmaresme Publicado 20 de Enero de 2022 Compartir Publicado 20 de Enero de 2022 En 16/1/2022 a las 11:11, Pere63 dijo: Tiene narices que preguntes aquí, sin sonrojarte, qué es lo que debes hacer para defraudar a Hacienda (que somos todos), pues por los datos que aportas y el planteamiento que haces (leí tu post antes de que moderación lo editase), de eso se trata, de acometer un fraude de ley para estafar al fisco. Y, repito, sin sonrojarte. ¡Lo que hay que ver! +1 Enlace al comentario Compartir en otros sitios web Mas opciones de compartir...
Walterwhite Publicado 21 de Enero de 2022 Compartir Publicado 21 de Enero de 2022 En 11/1/2022 a las 19:07, erumfoto dijo: HOLA COMPAÑEROS ESPERO QUE MUCHOS DE VOSOTROS SEÁIS AUTÓNOMOS CON LICENCIA FISCAL EL ALTA. Y Nos podáis aconsejar. Los que tenemos licencia fiscal y seguimos en alta pero no ingresamos porque de hecho estamos jubilados…SI NOS COMPRAMOS UNA a9….¿ CÓMO PODEMOS DESGRAVARNOS EL IVA SI NO LO PODEMOS COMPENSAR CON el Iva soportado porque no tenemos gastos? De entrada se me ocurre: 1.- DARSE DE ALTA EN operaciones intracomunitarias. 2: Comprar en ALEMANIA por 500€ menos que en España. ( digo Alemania xq cuesta 500€ menos y disponemos de la garantía oficial Nikon alemana.) 3.- Al recibir la factura, en la declaración trimestral, al ser operación intracomunitaria, en la misma declaración se declara el IVA como soportado, y a la vez se deduce, de manera que el resultado NO ES A INGRESAR. Esto es legal pero yo no lo he hecho, y el único problema sería que te tocase una revisión ( muy poco probable), y te dijeran que no lo puedes hacer porque en el cómputo del año, tus gastos 6500€ no son acordes con unos ingresos bajos ( 600 € al año, por ejemplo si haces algún favorcillo a alguna amistad.) Nota del Moderador:Parte del contenido ha sido eliminado por inapropiado. Creo que lo que quieres es hacernos cómplices de la diablura que quieres hacer no? eres un humorista de categoría¡¡¡ esta pregunta la haces en Suecia y te comen vivo¡¡ Enlace al comentario Compartir en otros sitios web Mas opciones de compartir...
JGMa Publicado 21 de Enero de 2022 Compartir Publicado 21 de Enero de 2022 No he podido leer el post antes de que lo editase moderación, pero si ya empezamos utilizando la expresión "licencia fiscal"... mal vamos. Las operaciones intracomunitarias se han de informar, además, mediante otro modelo y luego hacienda cruza los datos. Intenta ahorrar un dinero comprando a buen precio, pero no plantees como puedes defraudar el IVA. Enlace al comentario Compartir en otros sitios web Mas opciones de compartir...
Ochoa Publicado 21 de Enero de 2022 Compartir Publicado 21 de Enero de 2022 (editado) En 21/1/2022 a las 16:09, JGMa dijo: No he podido leer el post antes de que lo editase moderación, pero si ya empezamos utilizando la expresión "licencia fiscal"... mal vamos. Las operaciones intracomunitarias se han de informar, además, mediante otro modelo y luego hacienda cruza los datos. Intenta ahorrar un dinero comprando a buen precio, pero no plantees como puedes defraudar el IVA. +1. Verás en mi repuesta cómo le he explicado esto al autor del hilo. Los operadores intracomunitarios efectivamente hacemos una declaración específica de operaciones trimestral. Según mayor volumen creo que es mensual. Saludos Editado 21 de Enero de 2022 por Ochoa mecanografía Enlace al comentario Compartir en otros sitios web Mas opciones de compartir...
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