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Tristona


LoReNa

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no hay mal que por bien no venga,a mi me pasó algo parecido solo que me fui de vacaciones y al volver estaba en la calle...menudo plan por que al mes siguiente me casaba,recien comprado el piso,el coche y en el paro ....2 meses de relax y despues al tajo ...ahora llevo ya 10 años en otra empresa y aunque no es lo mejor del mundo estoy mejor que en aquel trabajo por eso lo que decia... no hay mal que por bien no venga.... seguro que encuentras algo bastante mejor... date tiempo y suerte

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Hola, sé que han pasado unos cuantos días desde que abriste este hilo, pero no quería dejar de exponerte mi opinión, por si puediera serte útil.

 

Con respecto al preaviso durante el periodo de prueba, es cierto que no tienen la obligación legal de preavisarte, con lo cual de un día para otro pueden decirte que tu contrato termina.

Ahora bien, por lo que comentas de la duración del periodo de prueba que era de 6 meses, puede que no sea la que efectivamente corresponda para un contrato, ya que el periodo de prueba lo fija el convenio colectivo y en ausencia de éste, el estatuto de los trabajadores. Y este dice que el periodo de prueba no podrá ser superior a 6 meses para técnicos titulados o de 2 meses para el resto de trabajadores.

 

Lo que quiero decir con este tocho, es que si tu puesto de trabajo fuese por ejemplo de dependienta, cajera, etc (lo digo porque creo que mencionaste algo de supermercados) aunque el contrato de trabajo ponga que el periodo de prueba es de 6 meses, sería una clausula abusiva y por tanto contrato fraudulento, por lo tanto tendrías posibilidad de que te reconocieran un despido improcedente.

 

Otra posibilidad que se me ocurre es si ya hubieras tenido otro contrato de trabajo con ellos (por ejemplo uno temporal antes del indefinido) y hubiese sido para el mismo puesto de trabajo, no te pueden poner periodo de prueba por haberlo superado ya en el primer contrato, con lo cual también sería contrato fraudulento.

 

Por último te recuerdo que el plazo para ejercer acciones contra el despido es de 20 días hábiles, por lo tanto si la extinción del contrato fue el 8 de noviembre (día que creaste el hilo) tendrías hasta el 2 de diciembre para presentar reclamación.

 

Si nada de esto pudiera servirte de utilidad, pues mucha suerte en tu búsqueda de nuevo empleo.

 

P.D. Perdon por el tocho.

Un saludo.

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