IL KAISER Publicado 20 de Agosto de 2010 Compartir Publicado 20 de Agosto de 2010 Hola, sin duda una marca de agua es un impedimento, pero un impedimento menor. Lo que por software se hace, por software se puede deshacer. Hay software tonto tonto que quita las marcas de agua sin mucho esfuerzo (algunos hasta gratis)..Saludos Hola,...me has dejado a cuadros...primera noticia de que las marcas de agua se pueden quitar con poco esfuerzo...bueno, me queda pensar en que las subo a 90kbs y con eso tampoco se puede hacer nada.... Saludos Me refería a que necesitan tiempo para hacerse una idea del "tipo" con el que están tratando, para revisar el contenido del primer burofax, la conversación telefónica que mantuve con el redactor que ocasionó este despropósito, el contenido del segundo burofax y una segunda conversación telefónica con uno de los responsables del rumbo de la empresa. Hoy he recibido una respuesta en la que por fin puedo evaluar su postura frente a este asunto, y recibirán mi réplica tan pronto como esté lista. Les propongo un ejercicio práctico: ¿Cuál es la diferencia, jurídicamente hablando, entre una obra fotográfica y una mera fotografía? Saludos y muchas gracias!!! Hola, No tengo idea de terminos jurídicos pero se me ocurre pensar que una fotografía se convierte en obra fotográfica en el mismo momento en que no se dan expresamente derechos de divulgación y reproducción de la fotografía. Es lo que se me ocurre. ¿vamos bien? Saludos y nos cuentas qué pasa con esto. Enlace al comentario Compartir en otros sitios web Mas opciones de compartir...
macob Publicado 20 de Agosto de 2010 Autor Compartir Publicado 20 de Agosto de 2010 No tengo idea de terminos jurídicos pero se me ocurre pensar que una fotografía se convierte en obra fotográfica en el mismo momento en que no se dan expresamente derechos de divulgación y reproducción de la fotografía. Es lo que se me ocurre. ¿vamos bien? Nops. Una obra fotográfica puede serlo independientemente de lo que decida hacer su autor con los derechos que ostenta como tal. saludos Enlace al comentario Compartir en otros sitios web Mas opciones de compartir...
IL KAISER Publicado 20 de Agosto de 2010 Compartir Publicado 20 de Agosto de 2010 Nops. Una obra fotográfica puede serlo independientemente de lo que decida hacer su autor con los derechos que ostenta como tal. saludos Gracias por la aclaración, Entonces, en resumidas cuentas: ¿Una obra fotográfica lo es desde el momento en que se cierra el obturador? Saludos Enlace al comentario Compartir en otros sitios web Mas opciones de compartir...
macob Publicado 20 de Agosto de 2010 Autor Compartir Publicado 20 de Agosto de 2010 Es conveniente analizar el índice de la LPI para obtener una respuesta http://www.mcu.es/propiedadInt/docs/RDLegislativo_1_1996.pdf Enlace al comentario Compartir en otros sitios web Mas opciones de compartir...
macob Publicado 20 de Agosto de 2010 Autor Compartir Publicado 20 de Agosto de 2010 LIBRO I. DE LOS DERECHOS DE AUTOR. TÍTULO II. SUJETO, OBJETO Y CONTENIDO. CAPÍTULO I. SUJETOS. Artículo 5. Autores y otros beneficiarios. Artículo 6. Presunción de autoría, obras anónimas o seudónimas CAPÍTULO II. OBJETO. Artículo 10. Obras y Títulos originales. Artículo 11. Obras derivadas. TÍTULO V. LA PROTECCIÓN DE LAS MERAS FOTOGRAFÍAS. Artículo 128. De las meras fotografías. Estos son los artículos que habría que analizar en un primer momento, en función de cada caso. De todas formas, jugar a ser abogado puede ser peor que jugar a médicos con una destral. Pero hay información que nunca está de más. Nota: Las Leyes se organizan en Libros, Títulos y Capítulos. Un Libro puede contener varios Títulos, y éstos pueden contener varios capítulos. La numeración de los artículos, sin embargo, es consecutiva. Para interpretar adecuadamente una Ley y contrastar sus artículos, hay que ser Licenciado en Derecho y no es mi caso). Así que con mucho cuidado con las deducciones!!! Todos estos artículos pueden no ser aplicables en función del caso. Saludos, que ya me excedí :S Enlace al comentario Compartir en otros sitios web Mas opciones de compartir...
Yoshimura Publicado 20 de Agosto de 2010 Compartir Publicado 20 de Agosto de 2010 Lo peor es que se roba a manos llenas,incluso para WEB,que se necesita poca calidad.Hablando el otro dia con un diseñador de una empresa de paginas web,me dijo tan traquilo,que era habitual cuando les hacia falta una foto ir al flicker u a cualquier foro y cogerla sin mas... pensar que pueden tambien coger parte de una foto,y modificarla para que parezca otra,aunque eso me dijo,no solian hacerlo porque los autores ni se percataban de nada.A ver como acaba todo. Salut. Enlace al comentario Compartir en otros sitios web Mas opciones de compartir...
Davidg Publicado 20 de Agosto de 2010 Compartir Publicado 20 de Agosto de 2010 Por eso no me gusta subir fotos a páginas como Flickr, Facebook, tuenti, etc... Prefiero reducir la calidad a 100 kb y subirla directamente desde el servidor de Nikonistas. Me parece muy fuerte que una empresa dedicada a la prensa esté despidiendo a fotógrafos y luego utilice las fotos de estos sitios. Sinceramente, la Ley está como para pegarle fuego y hacerlas mejor. A esta gente que despide y luego utiliza esta forma de actuar, son unos GARRAPATAS. Y ya que se dedican con malas artes a robar y modificar sin permiso del autor, debería indemnizarle que más que menos con el sueldo de un mes de un empleado. Ánimo y a por ellos, que serán muchos, pero cobardes. AAAUUUU AAAUUUU AAAAUUUU. Un saludo Enlace al comentario Compartir en otros sitios web Mas opciones de compartir...
macob Publicado 24 de Agosto de 2010 Autor Compartir Publicado 24 de Agosto de 2010 Hola, ya se ha zanjado el tema. Al final pienso que no ha merecido la pena enredarme tanto. El medio asumió parte la responsabilidad en una respuesta tipo, aunque intentó escabullirse del reconocimiento de los derechos morales de la obra, en una argumentación en la que consideran que se trata de una "mera fotografía" y no de una "obra fotográfica", en el caso de una foto que venía firmada (art. 6.1) :) Estos errores son del redactor de turno que, para llegar a tiempo a la cita, a la cena, a recoger al hijo/a o lo que sea... se ahorra el tiempo de buscar en su propia base de datos, porque google es más rápido. Confío que se lo pensará dos veces antes de repetir esta inocente acción. Ahí se hubieran amparado... pero que no me entere yo de otro caso, que eso sí ya sería motivo de mayores (una carta en la competencia o algo así, que el abogado es caro) Creo que podía que haberme ahorrado un burofax, o dos. No sé cómo hubieran reaccionado sin el primer burofax, eso es cierto. Me van a pagar cien euros y restando los gastos... pues no merece la pena tanto tiempo invertido y preocupaciones. Debí haberme preocupado más por que me dieran algún trabajillo remunerado (ya que les gustó el retrato), con la correspondiente publicación, para zanjar el asunto. Hubiera sido más gratificante. Gracias a todos por la ayuda y los ánimos. Saludos! Enlace al comentario Compartir en otros sitios web Mas opciones de compartir...
dvilaplana Publicado 24 de Agosto de 2010 Compartir Publicado 24 de Agosto de 2010 Hombre, tampoco creo q "no merece la pena." Si estas cosas se dejan pasar salimos perdiendo todos. Asi q yo te agradezco q estuvieras encima del tema aunque el resultado final no te deje plenamente satisfecho. Un saludo, dv Enlace al comentario Compartir en otros sitios web Mas opciones de compartir...
macob Publicado 25 de Agosto de 2010 Autor Compartir Publicado 25 de Agosto de 2010 Tienes razón, estas cosas no pueden dejarse pasar. Me refería a que podía haberlo vivido sin tanto nerviosismo e incertidumbre. Pero claro que hay que hacer valer nuestros derechos, por supuesto. Saludos. Enlace al comentario Compartir en otros sitios web Mas opciones de compartir...
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