WILVER Publicado 5 de Febrero de 2009 Compartir Publicado 5 de Febrero de 2009 COMPRE MI D40 EN DIC 2007 Y LA USO MUY POCO SOLO EN MIS VIAJES; PERO AHORA QUE PREPARO UNA NUEVA ESCAPADA PROVE LA CAMARA Y NO ENCIENDE; RECARGUE LA BATERIA Y NADA; EL DETALLE ES QUE LA GARANTIA YA VENCIO Y ME PREGUNTO SI LA REPARACION SERA MUY CARO. WILVER Enlace al comentario Compartir en otros sitios web Mas opciones de compartir...
lupo Publicado 5 de Febrero de 2009 Compartir Publicado 5 de Febrero de 2009 COMPRE MI D40 EN DIC 2007 Y LA USO MUY POCO SOLO EN MIS VIAJES; PERO AHORA QUE PREPARO UNA NUEVA ESCAPADA PROVE LA CAMARA Y NO ENCIENDE; RECARGUE LA BATERIA Y NADA; EL DETALLE ES QUE LA GARANTIA YA VENCIO Y ME PREGUNTO SI LA REPARACION SERA MUY CARO.WILVER El precio de la reparación deberías preguntarlo al servicio técnico... Pero, ¿dónde compraste la cámara? Se supone que en España (y Europa) son mínimo dos años de garantía... saludos! PD: De cara a los futuros mensajes, ten en cuenta que en un foro, escribir todo en mayúsculas es considerado como "estar gritando" Enlace al comentario Compartir en otros sitios web Mas opciones de compartir...
gatonegro Publicado 5 de Febrero de 2009 Compartir Publicado 5 de Febrero de 2009 preguntas, ¿dejaste la bateria dentro de la camara mucho tiempo sin usarla?, ¿cuando pones la bateria en la camara se enciende alguna luz?, en la mia se enciende detras una luz verde, si tienes otra bateria para probar, puede que se muriera la bateria, si no tienes una de repuesto podrias llegarte a alguna tienda y pedirles que te hagan el favor de prestarte una asi lo pruebas, yo supongo que el problema puede ser ese, te deseo suerte y que solo sea una tonteria, un saludo Enlace al comentario Compartir en otros sitios web Mas opciones de compartir...
chill Publicado 5 de Febrero de 2009 Compartir Publicado 5 de Febrero de 2009 Intentá fijarte si es que no son los bornes de contacto, que se te hayan oxidado. En periodos largos de no utilización es recomendable extraer las baterias (en cualquier aparato). Enlace al comentario Compartir en otros sitios web Mas opciones de compartir...
WILVER Publicado 5 de Febrero de 2009 Autor Compartir Publicado 5 de Febrero de 2009 Pido disculpas por las mayusculas, la compre en Madrid; pero despues de leer la garantia que viene con la cam, me dice que la garantia es de solo 1 año, bueno probare lo de la bateria y haber eso de la garantia. gracias Enlace al comentario Compartir en otros sitios web Mas opciones de compartir...
WILVER Publicado 5 de Febrero de 2009 Autor Compartir Publicado 5 de Febrero de 2009 No enciende nada, es como si hubiera muerto. como dije probae lo de la bateria. y gracias por las respuestas. Enlace al comentario Compartir en otros sitios web Mas opciones de compartir...
lupo Publicado 5 de Febrero de 2009 Compartir Publicado 5 de Febrero de 2009 Pido disculpas por las mayusculas, la compre en Madrid; pero despues de leer la garantia que viene con la cam, me dice que la garantia es de solo 1 año, bueno probare lo de la bateria y haber eso de la garantia.gracias Tranquilo, no pasa nada por lo de las mayúsculas . Podría ser lo que te comentan de lo de la batería. De todas formas.................sólo un año de garantía? Habiendo sido comprado en España? Eso suena muy raro...yo porque soy de Barcelona, pero puede que algún compañero madrileño sepa si dónde la compraste dan problemas con la garantía o no... Está bien estipulado por la Comunidad Europea el tema de los dos años. Enlace al comentario Compartir en otros sitios web Mas opciones de compartir...
Miguel_1964 Publicado 5 de Febrero de 2009 Compartir Publicado 5 de Febrero de 2009 La garantía te la suele dar el vendedor por un periodo de dos años, presentando la factura de compra. Pero no siempre es así: Plazo de la garantía. La ley establece que la garantía debe cubrir como mínimo un período de seis meses desde la compra del bien. Durante esos seis meses el consumidor (comprador) tiene derecho a exigir lo ya señalado más arriba sin coste alguno por su parte. Además, la ley establece que el fabricante estará obligado a ofrecer al consumidor un adecuado servicio técnico para los bienes de carácter duradero y el suministro de piezas de repuestos durante un plazo mínimo de 5 años a contar desde la fecha en que el producto deje de fabricarse. Garantía legal y garantía comercial. La garantía legal es la que hemos venido describiendo hasta ahora (seis meses y reparación totalmente gratuita). Es obligatoria para los fabricantes vendedores, etc. cuando vendan algún bien de naturaleza duradera. La llamada garantía comercial es aquella que cada fabricante, vendedor, etc., voluntariamente, introduce a partir de esos seis meses. Es decir, que por criterios comerciales se puede dar un plazo de garantía de uno, dos o incluso más años (como en algunos electrodomésticos o vehículos). Esta garantía comercial puede contener restricciones a la garantía legal, es decir, puede establecer que el desplazamiento o las piezas tengan que pagarse. Pero conviene recordar que estas limitaciones sólo caben a partir de los 6 meses. El problema de estos diferentes tipos de garantías es que pueden inducir a error al consumidor al pensar que durante la garantía comercial goza de los mismos derechos que en los seis primeros meses, cosa que, como ya hemos dicho, puede no ser así. http://www.infoconsumo.es/infocon/espa/Pro...as/garantia.htm Un saludo Enlace al comentario Compartir en otros sitios web Mas opciones de compartir...
mick20 Publicado 5 de Febrero de 2009 Compartir Publicado 5 de Febrero de 2009 Yo probaria a ponerle una batería nueva por si lo que se ha echado a perder es la batería en caso de probar y seguir sin funcionar a la tienda o servicio tecnico. Un saludo. Enlace al comentario Compartir en otros sitios web Mas opciones de compartir...
WILVER Publicado 5 de Febrero de 2009 Autor Compartir Publicado 5 de Febrero de 2009 Muchas gracias, probare con todas las opciones ue me dan. Saludos Wilver Enlace al comentario Compartir en otros sitios web Mas opciones de compartir...
ebalmas Publicado 6 de Febrero de 2009 Compartir Publicado 6 de Febrero de 2009 La garantía te la suele dar el vendedor por un periodo de dos años, presentando la factura de compra. Pero no siempre es así: Plazo de la garantía. La ley establece que la garantía debe cubrir como mínimo un período de seis meses desde la compra del bien. Durante esos seis meses el consumidor (comprador) tiene derecho a exigir lo ya señalado más arriba sin coste alguno por su parte. Además, la ley establece que el fabricante estará obligado a ofrecer al consumidor un adecuado servicio técnico para los bienes de carácter duradero y el suministro de piezas de repuestos durante un plazo mínimo de 5 años a contar desde la fecha en que el producto deje de fabricarse. Garantía legal y garantía comercial. La garantía legal es la que hemos venido describiendo hasta ahora (seis meses y reparación totalmente gratuita). Es obligatoria para los fabricantes vendedores, etc. cuando vendan algún bien de naturaleza duradera. La llamada garantía comercial es aquella que cada fabricante, vendedor, etc., voluntariamente, introduce a partir de esos seis meses. Es decir, que por criterios comerciales se puede dar un plazo de garantía de uno, dos o incluso más años (como en algunos electrodomésticos o vehículos). Esta garantía comercial puede contener restricciones a la garantía legal, es decir, puede establecer que el desplazamiento o las piezas tengan que pagarse. Pero conviene recordar que estas limitaciones sólo caben a partir de los 6 meses. El problema de estos diferentes tipos de garantías es que pueden inducir a error al consumidor al pensar que durante la garantía comercial goza de los mismos derechos que en los seis primeros meses, cosa que, como ya hemos dicho, puede no ser así. http://www.infoconsumo.es/infocon/espa/Pro...as/garantia.htm Un saludo No estoy de acuerdo con lo que dices, no se de que año es la pagina que pones pero te puedo asegurar que la ley minima de garantia para los paises miembros de la UE es de dos años, yo por ejemplo se me rompio la placa base de mi portatil (toshiba) 1 mes antes de cumplir los dos años, El fabricante solo da un año de garantia, fui al "Yo no soy tonto store" y me lo tuvieron que arreglar, pagando ellos la reparacion (360 €) por que saben que ante posible demanda pierden bastante mas dinero. es mas me dijeron que si la reparacion hubiese costado mas que un portatil nuevo de iguales o superiores caracteristicas me lo hubiesen dado. De hecho en la pagina que adjuntas pone lo siguente (al final de la pagina) Legislación La Ley 26/1984 General para la defensa de los consumidores y usuarios. La Ley 7/1996 de 15 de enero de Ordenación del comercio Minorista. El Real Decreto 58/1988 (reparación de aparatos de uso doméstico). El Real Decreto1457/1986 (reparación de automóviles). Directiva 1999/44/CE de 25 de mayo sobre determinados aspectos de la venta y las garantías de los bienes de consumo: Sobre esta disposición comunitaria, que aun no es aplicable en España, cabe resaltar lo siguiente: Establece una garantía de dos años para los bienes que se han citado más arriba. Incluso para los bienes de segunda mano vendidos por un profesional la Directiva establece un período de garantía mínimo de un año. El consumidor tiene varios derechos: no sólo el de la reparación del bien o su sustitución si no queda en buenas condiciones de uso sino también el derecho a una reducción del precio o a la resolución del contrato, en los términos que cita la Directiva. El consumidor, para hacer valer sus derechos, deberá informar al vendedor del defecto del producto en el plazo de dos meses desde la fecha en que lo conoció. Los Estados miembros deberán incorporar la Directiva a su ordenamiento interno antes del 1 de enero de 2002. Si os fijais la directiva tuvo que ser aplicable en 2002 Asi que Wilver si tu camara esta en garantia haz que se cumpla, siempre y cuando no haya sido causado por un mal uso tuyo (pj: la bateria se ha oxidado) no deben pornerte ningun pero. PD: Acabo de ver esto al final de la pagina de enlace Informe realizado por OCU. Copyright © 1998. INFOCON INTERNET PROJECT. Todos los derechos reservados. Un saludo Enlace al comentario Compartir en otros sitios web Mas opciones de compartir...
Publicaciones recomendadas
Archivado
Este tema ahora está archivado y cerrado a otras respuestas.