josefeliciano69 Publicado 16 de Noviembre de 2010 Compartir Publicado 16 de Noviembre de 2010 Hola. En ocasiones hago sesiones de fotos de intercambio, sin remuneración de amigos/as que se prestan pero aún así siempre les pido un documento de cesión de derechos de imagen. He visto varios modelos de contratos por la web y me he hecho una especie de modelo de contrato, para personas mayores de edad. Lo pongo por aquí para que me indiquen que quitarian o añadirian. CONTRATO PARA BOOK FOTOGRÁFICO. REUNIDOS: De un parte, en adelante referido como el FOTOGRAFO: NOMBRE DNI De otra, en adelante referida como EL/LA MODELO: NOMBRE DNI INTERVIENEN Ambas partes en nombre y derecho propio reconociéndose la capacidad necesaria para otorgar el presente documento y, a tal efecto, EXPONEN I.- Que EL FOTOGRAFO está interesado en realizar una sesión de fotos con modelo. II. Que EL/LA MODELO acepta en participar en la misma. III.- Que para regular las relaciones entre las partes, los aquí firmante suscriben el presente contrato de CESION DE DERECHOS DE IMAGEN que quedará sometido a los siguientes PACTOS: PRIMERO: EL FOTOGRAFO se compromete a realizar la sesión de fotos a EL/LA MODELO que consistirá en diversas fotografías en blanco y negro o color del tamaño, con varios cambios de vestuario, y con calidad y características que EL FOTOGRAFO decida. SEGUNDO: El trabajo se realiza en ……………... …………………….. el día ……………. TERCERO: A cambio de prestar su imagen el/la MODELO recibe un CD con una selección de fotos de la sesión en formato JPEG. CUARTO: EL/LA MODELO cede a EL FOTOGRAFO los derechos de imagen y autoriza la publicación de las mejores fotos de la sesión. Se podrá añadir en un documento adjunto, las fotografías elegidas para la publicación. QUINTO: En consecuencia, EL/LA MODELO autoriza expresamente a EL FOTOGRAFO a difundir dichas fotografías en cualquier revista, exposición, asociación, página web, etc, según las condiciones expresadas en el punto CUARTO, sin que EL/LA MODELO tenga derecho a exigir compensación monetaria alguna, comprometiéndose EL FOTÓGRAFO a que el uso que se realice no atente contra los términos previstos en la Ley Orgánica 1/85, de 5 de mayo, de Protección Civil al Derecho de Honor, la Intimidad Personal y a la Propia Imagen SEXTO: La obra realizada, así como sus negativos/tarjetas de memoria y/o soportes quedará en propiedad de EL FOTOGRAFO. Y para que conste y surta efecto, firman el presente documento por duplicado y a un solo efecto En ………………………….… a, ……… de ……………………………….. de 20.… EL/LA MODELO ………………………………………………………. Saludos. Enlace al comentario Compartir en otros sitios web Mas opciones de compartir...
limon Publicado 16 de Noviembre de 2010 Compartir Publicado 16 de Noviembre de 2010 Hola josefeliciano69, me gusta la idea de firmar un contrato para las sesiones de fotografia no remuneradas entre amigos, me parece una gran idea, ademas por lo que pueda pasar ( que nunca se sabe jeje). Tambien creo que esto deberias de ponerlo en otro foro como en el de ayuda. estaré al tanto de este tema por si la gente te indica algo mas que poner o si asi está bien. Saludos! Enlace al comentario Compartir en otros sitios web Mas opciones de compartir...
jayma Publicado 16 de Noviembre de 2010 Compartir Publicado 16 de Noviembre de 2010 Jose, muchas gracias por esta redaccion del contrato que nos acabas de hacer, algo que deberiamos de tener en cuenta todos a la hora de prestarnos para hacer tanto un book fotogracio como cualquier sesion, aeces pueden surgir sorpresas lo digo por propia experiencia. Gracias Enlace al comentario Compartir en otros sitios web Mas opciones de compartir...
josefeliciano69 Publicado 16 de Noviembre de 2010 Autor Compartir Publicado 16 de Noviembre de 2010 No se si alguien nota algo en falta. Algunos de estos modelos de contratos los he visto en páginas como fotopunto y parecidas. Tengo otro modelo más o menos parecido pero que incluye en tema de la remuneración Y en otro modelo que vi ponía que el/la modelo cedía los derechos sin límite de tiempo ni país. Enlace al comentario Compartir en otros sitios web Mas opciones de compartir...
Gassman Publicado 16 de Noviembre de 2010 Compartir Publicado 16 de Noviembre de 2010 Que indique en el primer apartado que la modelo es mayor de edad. ¿¿¿Porque no se dice MODELA???? Enlace al comentario Compartir en otros sitios web Mas opciones de compartir...
Bost Publicado 17 de Noviembre de 2010 Compartir Publicado 17 de Noviembre de 2010 Me he permitido afinar un poquito más el contrato que has puesto, añadiendo algunos detalles que pueden ser útiles. Si tienes dudas en alguno de ellos, dímelo, que con mucho gusto te los aclararé. CONTRATO PARA BOOK FOTOGRÁFICO. REUNIDOS: De un parte, en adelante referido como el FOTOGRAFO: NOMBRE DNI De otra, en adelante referida como EL/LA MODELO: NOMBRE, mayor de edad, con DNI INTERVIENEN Ambas partes en nombre y derecho propio reconociéndose la capacidad necesaria para otorgar el presente documento y, a tal efecto, EXPONEN I.- Que EL FOTOGRAFO está interesado en realizar una sesión de fotos con modelo. II. Que EL/LA MODELO declara ser mayor de edad y acepta en participar en la misma. III.- Que para regular las relaciones entre las partes, los aquí firmante suscriben el presente contrato de CESION DE DERECHOS DE IMAGEN que quedará sometido a los siguientes PACTOS: PRIMERO: EL FOTOGRAFO se compromete a realizar la sesión de fotos a EL/LA MODELO que consistirá en diversas fotografías en blanco y negro o color del tamaño, con varios cambios de vestuario, y con calidad y características que EL FOTOGRAFO decida. La MODELO declara haber sido informada por EL FOTÓGRAFO de los detalles y las fotografías que compondrán la sesión, y los acepta expresamente. SEGUNDO: El trabajo se realizará en ……………... …………………….. el día ……………. TERCERO: A cambio de prestar su imagen el/la MODELO recibe un CD con una selección, a juicio del FOTÓGRAFO, de fotos de la sesión en formato JPEG. EL/LA MODELO no recibirá otra remuneración por la realización de la sesión. CUARTO: EL/LA MODELO cede a EL FOTOGRAFO los derechos de imagen y autoriza la publicación de las mejores fotos de la sesión. Se podrán añadir en un documento adjunto a este contrato, las fotografías elegidas para la publicación siempre que sea requerido previamente por EL/LA MODELO. Dicho anexo tendrá carácter meramente orientativo. QUINTO: En consecuencia, EL/LA MODELO autoriza expresamente a EL FOTOGRAFO a difundir dichas fotografías en cualquier revista, exposición, asociación, página web, etc, según las condiciones expresadas en el punto CUARTO, sin que EL/LA MODELO tenga derecho a exigir compensación monetaria alguna, comprometiéndose EL FOTÓGRAFO a que el uso que se realice no atente contra los términos previstos en la Ley Orgánica 1/85, de 5 de mayo, de Protección Civil al Derecho de Honor, la Intimidad Personal y a la Propia Imagen SEXTO: La obra realizada, así como sus negativos/tarjetas de memoria y/o soportes quedará en propiedad exclusiva y excluyente de EL FOTOGRAFO. SÉPTIMO: Si existiese cualquier tipo de desavenencia contractual, las partes se someten expresamente a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de ……………………. Y para que conste y surta efecto, en prueba de conformidad con lo expuesto, firman el presente documento por duplicado y a un solo efecto En ………………………….… a, ……… de ……………………………….. de 20.… EL/LA MODELO ………………………………………………………. EL FOTÓGRAFO ................................................ Enlace al comentario Compartir en otros sitios web Mas opciones de compartir...
Tepes Publicado 17 de Noviembre de 2010 Compartir Publicado 17 de Noviembre de 2010 Me parece muy interesante el tema. De momento no he hecho ninguna sesión de este tipo, pero nunca se sabe, me lo apunto. Una curiosidad. Es necesario que el/la modelo sea mayor de edad? Si no lo fuera, necesitaría el consentimiento de su tutor legal, o habría alguna otra pega? Saludos!! Enlace al comentario Compartir en otros sitios web Mas opciones de compartir...
juanborras Publicado 17 de Noviembre de 2010 Compartir Publicado 17 de Noviembre de 2010 Muy interesante... yo SIEMPRE hago firmar... si no hay firma, no hay foto Enlace al comentario Compartir en otros sitios web Mas opciones de compartir...
Bost Publicado 17 de Noviembre de 2010 Compartir Publicado 17 de Noviembre de 2010 Me parece muy interesante el tema. De momento no he hecho ninguna sesión de este tipo, pero nunca se sabe, me lo apunto. Una curiosidad. Es necesario que el/la modelo sea mayor de edad? Si no lo fuera, necesitaría el consentimiento de su tutor legal, o habría alguna otra pega? Saludos!! Si es menor de edad, el contrato es mejor que lo hagas con sus padres o tutores legales, no con el menor, porque si no te van a llover los problemas. Enlace al comentario Compartir en otros sitios web Mas opciones de compartir...
Tepes Publicado 17 de Noviembre de 2010 Compartir Publicado 17 de Noviembre de 2010 Si es menor de edad, el contrato es mejor que lo hagas con sus padres o tutores legales, no con el menor, porque si no te van a llover los problemas. Gracias. No creo que me haga falta en un futuro cercano, pero siempre viene bien saber un poco sobre estos temas. Saludos!! Enlace al comentario Compartir en otros sitios web Mas opciones de compartir...
josefeliciano69 Publicado 17 de Noviembre de 2010 Autor Compartir Publicado 17 de Noviembre de 2010 Me he permitido afinar un poquito más el contrato que has puesto, añadiendo algunos detalles que pueden ser útiles. Si tienes dudas en alguno de ellos, dímelo, que con mucho gusto te los aclararé. Ok, me parece genial la aportación que he hecho. De hecho cuando conozco al/la modelo y hay confianza firmamos el contrato cuando le entrego las fotos y yo me comprometo a no publicarlas (flickr, blog, este foro,...), hasta la firma del contrato y adjunto una hoja de contactos con las fotos seleccionadas de la sesión, por si el/la modelo no quiere que alguna foto en particular sea publicada. Lo de firmar después de la sesión me perjudicó en una sesión donde la modelo no le gustaban las fotos, "se esperaba algo diferente" y a mi me parecieron buenas fotos, y eso que nunca había hecho una sesión de estudio ni es modelo ni nada parecido. De hecho se las enseñé a varios fotógrafos que corroboraron mi opinión. Incluso intenté quedar con la modelo para entregarle el CD y que me firmara el documento y me dió plantón hasta en 3 ocasiones. Es lo que pasa por trabajar con chiquillas de 18 años que luego quieren colgar su foto en el tuenti. Desde ese momento decidí trabajar con gente que tuviera la cabeza un poquito más amueblada, e, incluso más edad. Gente que le guste pasarse un rato divertido haciendose fotos, pero que no quiera jugar a ser "supermodelo". Otra cosa. En la única sesión de desnudo que he hecho la modelo solicitó añadir una clausula en la que autorizaba la difusión de sus fotografías, menos aquellas en las que se pudiera reconocer su identidad, y así lo hicimos. Enlace al comentario Compartir en otros sitios web Mas opciones de compartir...
Roynikon Publicado 18 de Noviembre de 2010 Compartir Publicado 18 de Noviembre de 2010 Pues esto de firmar contratos no me lo habia planteado pero a la hora de evitarse problemas desde luego que es una muy buena opcion asi que gracias por la idea. un saludo Enlace al comentario Compartir en otros sitios web Mas opciones de compartir...
josedavid Publicado 18 de Noviembre de 2010 Compartir Publicado 18 de Noviembre de 2010 Yo hasta ahora he usado los contratos de fotopunto y nosolotop y sin problemas,haber cuando me pongo y me realizo uno propio similar al tuyo,que vaya curro te has pegado. Enlace al comentario Compartir en otros sitios web Mas opciones de compartir...
josefeliciano69 Publicado 19 de Noviembre de 2010 Autor Compartir Publicado 19 de Noviembre de 2010 Yo hasta ahora he usado los contratos de fotopunto y nosolotop y sin problemas,haber cuando me pongo y me realizo uno propio similar al tuyo,que vaya curro te has pegado. Yo utilicé algunos que vi por la red pero no vi los de fotopunto ni nosolotop. Me imagino que habrá que estar registrado. Enlace al comentario Compartir en otros sitios web Mas opciones de compartir...
izq Publicado 29 de Marzo de 2013 Compartir Publicado 29 de Marzo de 2013 Hola amigos! Resucito este hilo porque andaba buscando información al respecto y he venido a caer por aquí. Como el hilo ya tiene un tiempo quería preguntar si este modelo es aún válido o hay alguno más actual, más que nada por la referencia a la "Ley Orgánica 1/85, de 5 de mayo, de Protección Civil al Derecho de Honor, la Intimidad Personal y a la Propia Imagen" No hay cosa que busque que no encuentre en el foro! Gracias! Un saludo Enlace al comentario Compartir en otros sitios web Mas opciones de compartir...
ECardenal Publicado 29 de Marzo de 2013 Compartir Publicado 29 de Marzo de 2013 Bueno, si acaso será la Ley Organica 1/82, de 5 de mayo, de Protección Civil del Derecho al Honor, a la Intimidad Personal y Familiar y a la Propia Imagen. Enlace al comentario Compartir en otros sitios web Mas opciones de compartir...
izq Publicado 30 de Marzo de 2013 Compartir Publicado 30 de Marzo de 2013 Bueno, si acaso será la Ley Organica 1/82, de 5 de mayo, de Protección Civil del Derecho al Honor, a la Intimidad Personal y Familiar y a la Propia Imagen. Pues parece que sí, ahí había un error con la fecha de la ley esta. Gracias. Enlace al comentario Compartir en otros sitios web Mas opciones de compartir...
novatomurcia Publicado 30 de Marzo de 2013 Compartir Publicado 30 de Marzo de 2013 Tengo un par de amigos que son fotógrafos y no veas las de historias que tienen con gente que les han hecho fotos muy bonitas y luego no quieren que las publiquen. A pesar de tener el contrato firmado. A una conocida, una niña de 9 años les hizo este fotógrafo el reportaje y tiene fotos muy bonitas de esta niña y cada vez que llegan estas fechas de comuniones llama a sus padres para pedirles si puede volver a poner la foto de ella en su estudio. Y sus padres aceptan sin ningún problema. Gracias por el aporte josefeliciano69. Enlace al comentario Compartir en otros sitios web Mas opciones de compartir...
izq Publicado 30 de Marzo de 2013 Compartir Publicado 30 de Marzo de 2013 Hace unos días hice unas fotos de estudio y la verdad es que para mí con preguntarle a las modelos era suficiente, pero después salió este tema y después de hablarlo con uno fotógrafo que conozco y leyendo sobre esto por la red, veo que es mejor firmar un contrato con las chicas antes de publicar nada. Yo con contrato o sin él solo publicaría las fotos que ellas eligieran y desde luego, si en en algún momento cambiaran de opinión las quitaría sin problema. No vale la pena meterse en líos por publicar unas fotos y ya no solo eso, sino que si una persona cambia de opinión respecto a que estén sus fotos publicadas en la red, no me voy a agarrar a un contrato que firmó cuando pensaba otra cosa, las quito y punto. Caso distinto sería si una foto se ha utilizado para una publicidad o en una publicación de terceros, en ese caso ya no se podría retirar lógicamente, pero no es el caso. En todo caso para mí es una cuestión más burocrática que otra cosa, pero bueno, hacer las cosas bien no cuesta nada y puede evitar más de un problema llegado el momento. La sesión que hicimos hace unos días fue una cosa entre amigos y las fotos irán para las modelos y alguna caerá en flickr y en este foro, poco más así que tampoco es que estemos hablando de un trabajo profesional. Yo si no hubiera salido este tema las habría colgado sin más, ambas modelos me dieron su autorización verbalmente, pero viendo la importancia que se le da a este asunto me he puesto a investigar y he terminado en este hilo. A ver si alguien me confirma si el contrato de más arriba me sirve o si no, alguien que me pueda pasar alguno. Un saludo Enlace al comentario Compartir en otros sitios web Mas opciones de compartir...
santi_man72 Publicado 1 de Abril de 2013 Compartir Publicado 1 de Abril de 2013 Adjunto los links de los contratos que se sulen usar en en fotolia: Adulto:http://es.fotolia.com/Info/Release/View/release_adult Menores:http://es.fotolia.com/Info/Release/View/release_minor propiedades:http://es.fotolia.com/Info/Release/View/release_personal_property Por si a alguien le pudiera interesar... Enlace al comentario Compartir en otros sitios web Mas opciones de compartir...
izq Publicado 1 de Abril de 2013 Compartir Publicado 1 de Abril de 2013 Adjunto los links de los contratos que se sulen usar en en fotolia: Adulto:http://es.fotolia.com/Info/Release/View/release_adult Menores:http://es.fotolia.com/Info/Release/View/release_minor propiedades:http://es.fotolia.com/Info/Release/View/release_personal_property Por si a alguien le pudiera interesar... Gracias Santi! Creo que de adultos me puede servir. Un saludo Enlace al comentario Compartir en otros sitios web Mas opciones de compartir...
ECardenal Publicado 1 de Abril de 2013 Compartir Publicado 1 de Abril de 2013 Adjunto los links de los contratos que se sulen usar en en fotolia: Adulto:http://es.fotolia.com/Info/Release/View/release_adult Menores:http://es.fotolia.com/Info/Release/View/release_minor propiedades:http://es.fotolia.com/Info/Release/View/release_personal_property Por si a alguien le pudiera interesar... En serio ? Porque parecen traducidos por google Enlace al comentario Compartir en otros sitios web Mas opciones de compartir...
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