JonT5 Publicado 11 de Octubre de 2012 Compartir Publicado 11 de Octubre de 2012 El nuevo codigo penal que se aprueba hoy en el senado, nos afecta en uno de los apartados: Penado con un año de carcel por difundir imagenes sin el permiso del protagonista. Bien es cierto que con un año no pisas carcel, a no ser que seas reincidente o estes con la condicional, pero la multita nos la comeremos... Recordad que todas las sesiones que hagais sean con contrato... Y ojito con los robados. Se acabaron los paparazzi en España, el reincidente acabara en la carcel. Enlace al comentario Compartir en otros sitios web Mas opciones de compartir...
MerchePG Publicado 11 de Octubre de 2012 Compartir Publicado 11 de Octubre de 2012 Pues francamente no te voy a decir que me alegre, porque todo lo que sean prohibiciones me echa para atrás. Pero sí creo que es un derecho de cualquier ciudadano el no tener fotos de su persona sin permiso circulando por ahí. La verdad creo que es una medida que nos protege y eso es de agradecer. Aunque supongo que se aplicará si se muestra el rostro, ¿no? o da igual si fuera reconocible aun de espaldas? Gracias por la noticia Enlace al comentario Compartir en otros sitios web Mas opciones de compartir...
JonT5 Publicado 11 de Octubre de 2012 Autor Compartir Publicado 11 de Octubre de 2012 Supongo que afectara si es reconocible. En una parte esta muy bien que se anteponga el derecho a la intimidad, pero, y las fotos en manifestaciones? Eventos deportivos? Fotografia urbana? Solo hay que mirar los foros de critica para ver que afectara y mucho... Enlace al comentario Compartir en otros sitios web Mas opciones de compartir...
Aru Publicado 11 de Octubre de 2012 Compartir Publicado 11 de Octubre de 2012 El peligro de estas cosas es que se puedan llevar a algunos extremos demasiado radicales, llegando al punto de que para hacer una foto en la calle no deba salir nadie en el encuadre y eso no siempre es posible. Enlace al comentario Compartir en otros sitios web Mas opciones de compartir...
Aru Publicado 11 de Octubre de 2012 Compartir Publicado 11 de Octubre de 2012 Supongo que afectara si es reconocible. En una parte esta muy bien que se anteponga el derecho a la intimidad, pero, y las fotos en manifestaciones? Eventos deportivos? Fotografia urbana? Solo hay que mirar los foros de critica para ver que afectara y mucho... a mi me da que tambien por ahi van los tiros... pero eso es harina de otro costado. Enlace al comentario Compartir en otros sitios web Mas opciones de compartir...
mmmcuack Publicado 11 de Octubre de 2012 Compartir Publicado 11 de Octubre de 2012 Eso me suena inverosímil. ¿Alguien tiene algún extracto de esa supuesta ley?. Supongo que será un adendum a un caso concreto. En la propia Ley relativa al Derecho al Honor y a la intimidad ya restringe cuando se puede y cuando no en su artículo 8º que me permito pegar aquí: Uno. No se reputará, con carácter general, intromisiones ilegítimas las actuaciones autorizadas o acordadas por la Autoridad competente de acuerdo con la Ley, ni cuando predomine un interés histórico, científico o cultural relevante. Dos. En particular, el derecho a la propia imagen no impedirá: Su captación, reproducción o publicación por cualquier medio cuando se trate de personas que ejerzan un cargo público o una profesión de notoriedad o proyección pública y la imagen se capte durante un acto público o en lugares abiertos al público. La utilización de la caricatura de dichas personas, de acuerdo con el uso social. La información gráfica sobre un suceso o acaecimiento público cuando la imagen de una persona determinada aparezca como meramente accesoria. Las excepciones contempladas en los párrafos a ) y b ) no serán de aplicación respecto de las autoridades o personas que desempeñen funciones que por su naturaleza necesiten el anonimato de la persona que las ejerza. Por eso me suena raro, muy raro, lo que comentas del nuevo código penal. Supongo que será una amplicación de la pena en el caso de existir el delito, pero basándose en la ley ya existente. Edito para pegar el link a la ley relativa al Derecho al Honor y a la Intimidad, de donde he extraído el texto anterior: http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/lo1-1982.html Enlace al comentario Compartir en otros sitios web Mas opciones de compartir...
JonT5 Publicado 11 de Octubre de 2012 Autor Compartir Publicado 11 de Octubre de 2012 Eso me suena inverosímil. ¿Alguien tiene algún extracto de esa supuesta ley?. Supongo que será un adendum a un caso concreto. En la propia Ley relativa al Derecho al Honor y a la intimidad ya restringe cuando se puede y cuando no en su artículo 8º que me permito pegar aquí: Uno. No se reputará, con carácter general, intromisiones ilegítimas las actuaciones autorizadas o acordadas por la Autoridad competente de acuerdo con la Ley, ni cuando predomine un interés histórico, científico o cultural relevante. Dos. En particular, el derecho a la propia imagen no impedirá: Su captación, reproducción o publicación por cualquier medio cuando se trate de personas que ejerzan un cargo público o una profesión de notoriedad o proyección pública y la imagen se capte durante un acto público o en lugares abiertos al público. La utilización de la caricatura de dichas personas, de acuerdo con el uso social. La información gráfica sobre un suceso o acaecimiento público cuando la imagen de una persona determinada aparezca como meramente accesoria. Las excepciones contempladas en los párrafos a ) y b ) no serán de aplicación respecto de las autoridades o personas que desempeñen funciones que por su naturaleza necesiten el anonimato de la persona que las ejerza. Por eso me suena raro, muy raro, lo que comentas del nuevo código penal. Supongo que será una amplicación de la pena en el caso de existir el delito, pero basándose en la ley ya existente. Edito para pegar el link a la ley relativa al Derecho al Honor y a la Intimidad, de donde he extraído el texto anterior: http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/lo1-1982.html Es una nueva ley que se aprueba hoy, supongo que pronto podremos leerla en el BOE, de momento se, lo que han citado los diarios. Enlace al comentario Compartir en otros sitios web Mas opciones de compartir...
MerchePG Publicado 11 de Octubre de 2012 Compartir Publicado 11 de Octubre de 2012 Supongo que afectara si es reconocible. En una parte esta muy bien que se anteponga el derecho a la intimidad, pero, y las fotos en manifestaciones? Eventos deportivos? Fotografia urbana? Solo hay que mirar los foros de critica para ver que afectara y mucho... En eso llevas razón, la verdad que no lo había pensado. Pero entonces¿ la ley se aplicará igualmente a los reportajes de video? porque en los reportajes de los telediarios por ejemplo, aparte del tema principal siempre salen ciudadanos que no creo que nadie les haya pedido permiso. No sé, no sé, pero esto me huele raro, la verdad que un primer momento había pensado nada más en esos robados que he visto de gente comiendo, o en la playa, y resultan cómicos, y no creo que a nadie le guste verse pillado en una situación semejante. Pero lo de las manifestaciones ya me huele mal, muy mal... Enlace al comentario Compartir en otros sitios web Mas opciones de compartir...
mancoiper Publicado 11 de Octubre de 2012 Compartir Publicado 11 de Octubre de 2012 ¿Modificación/ampliación de una ley adaptándola a la interpretación de según en qué momento, a quién, en qué circunstancia, y por cuál interés?. No es casual que en momentos de intenso movimiento social, a cierta clase le interese más este tema que el que las propias administraciones, editoriales, privados, roben una foto inocente, se forren con ella, y se vayan de rositas. Un saludo. Enlace al comentario Compartir en otros sitios web Mas opciones de compartir...
Aru Publicado 11 de Octubre de 2012 Compartir Publicado 11 de Octubre de 2012 ¿Modificación/ampliación de una ley adaptándola a la interpretación de según en qué momento, a quién, en qué circunstancia, y por cuál interés?. No es casual que en momentos de intenso movimiento social, a cierta clase le interese más este tema que el que las propias administraciones, editoriales, privados, roben una foto inocente, se forren con ella, y se vayan de rositas. Un saludo. +1 Enlace al comentario Compartir en otros sitios web Mas opciones de compartir...
lensreporter Publicado 11 de Octubre de 2012 Compartir Publicado 11 de Octubre de 2012 Esta ley sale como respuesta de muchas quejas de ricos y famosos que se sienten atacados de los fotografos (y redactores) profesionales en su intimidad y libertad de movimiento etc. ....un amigo me dijo - hay que meter todo el pais a la carcel, YAAAA! Sobre todo antisistemas (son TERRORISTAS!!), votantes de PSOE que tienen la culpa del mal de España, el CANCER SOCIALISTA! Tambien a la carcel los estudiantes jovenes y pensionistas en huelga, BASURA de nuestra sociedad y repelente, A LA CARCEL YA!!!! Y al final los fotografos, LADRONES de imagenes, a la CARCEL TODOS!! España el pais con uno de los indices mas bajos de criminalidad en Europa con mas presos entre rejas..... Filosofias extremas y ironias a parte, cada gobierno, cada ministro de justicia, cada ministro de educacion tiene que cambiar algo, ya como obsesion y ponerse medallas a su titulo de ministro, opino que hay que dejar las cosas (buenas o no tan buenas) como son, solo cuesta un monton de dinero hacer cambios INNECESARIOS y mas aun en la situacion del momento con el gran peligro de una quiebra total del sistema economico.... Enlace al comentario Compartir en otros sitios web Mas opciones de compartir...
Moderadores HermetiC Publicado 11 de Octubre de 2012 Moderadores Compartir Publicado 11 de Octubre de 2012 Habrá que esperar a ver como está redactado... y sobre todo a ver lo que los jueces interpretan por "intimidad", pero en principio se refiere sólo a eso, a la intimidad. Hay quien ya la llama "La Ley Pedro J.", ya que el señor del liguero parece ser el inductor. El tercer nuevo delito es la divulgación no autorizada de imágenes o grabaciones íntimas, que tendrá una pena de seis meses a un año de prisión. Este delito, ha recordado Ruiz-Gallardón, "no desaparece aunque se hayan obtenido las imágenes con el permiso de la víctima. La mera divulgación pasa a ser reproche penal en España", ha especificado. Fuente: http://www.20minutos.es/noticia/1614557/0/difundir-imagenes/sin-consentimiento/codigo-penal/ Enlace al comentario Compartir en otros sitios web Mas opciones de compartir...
mmmcuack Publicado 11 de Octubre de 2012 Compartir Publicado 11 de Octubre de 2012 Ah!, bueno, pero eso es diferente... habla de grabaciones íntimas... el famoso video del "¿me vas a mear?" del Pedro J. Calvorota entraría dentro de este saco, pero para nada entraría una foto social en una ciudad, por ejemplo... Enlace al comentario Compartir en otros sitios web Mas opciones de compartir...
lensreporter Publicado 11 de Octubre de 2012 Compartir Publicado 11 de Octubre de 2012 Ah!, bueno, pero eso es diferente... habla de grabaciones íntimas... el famoso video del "¿me vas a mear?" del Pedro J. Calvorota entraría dentro de este saco, pero para nada entraría una foto social en una ciudad, por ejemplo... tampoco creo que una foto inocente y casual de un grupo de personas en la calle podria traer consecuencias tan nefastas como un juicio y pena de carcel. Lo que si observo es un cierto endurecimiento de penas, sobre todo por el asunto de actos vandalicos en protestas y huelgas y daños publicos. Pero ya vimos en el caso del "acercamiento al parlamento" que muchos jueces interpretan las leyes como ellos piensan y no como piensa un gobierno conservador. Enlace al comentario Compartir en otros sitios web Mas opciones de compartir...
lensreporter Publicado 11 de Octubre de 2012 Compartir Publicado 11 de Octubre de 2012 A ver, en una manifestación, esto no se cumpliría por el derecho a informar. Si es un hecho noticiable,puedes sacar caras y demás creo que un reportero fotografico con su documento de profesional o acreditacion no encontrara problema alguno con su derecho a informar (vamos, al menos aqui en una democracia, aunque ya sabeis, las cosas no siempre pintan muy bien para un futuro .....). Otra cosa es, por ejemplo, fotos que podrian incidir a la violencia o fotografias perversas que pueden dañar la psicologia de los niños etc. etc. - siempre habra un GRADO MUY FINO entre lo aceptable, informativo en un lado y sensacionalista y intruisivo en la vida intima y personal de cualquier persona en el otro lado..... Enlace al comentario Compartir en otros sitios web Mas opciones de compartir...
MerchePG Publicado 11 de Octubre de 2012 Compartir Publicado 11 de Octubre de 2012 ¿Modificación/ampliación de una ley adaptándola a la interpretación de según en qué momento, a quién, en qué circunstancia, y por cuál interés?. No es casual que en momentos de intenso movimiento social, a cierta clase le interese más este tema que el que las propias administraciones, editoriales, privados, roben una foto inocente, se forren con ella, y se vayan de rositas. Un saludo. Bien dicho, Manolo. "Habría que modular las manifestaciones" Cristina Cifuentes dixit Enlace al comentario Compartir en otros sitios web Mas opciones de compartir...
gpoladura Publicado 11 de Octubre de 2012 Compartir Publicado 11 de Octubre de 2012 El nuevo codigo penal que se aprueba hoy en el senado, nos afecta en uno de los apartados: Penado con un año de carcel por difundir imagenes sin el permiso del protagonista. Bien es cierto que con un año no pisas carcel, a no ser que seas reincidente o estes con la condicional, pero la multita nos la comeremos... Recordad que todas las sesiones que hagais sean con contrato... Y ojito con los robados. Se acabaron los paparazzi en España, el reincidente acabara en la carcel. yo creo q no es como dices, mas bien veo bien para proteger a las personas en su vida intima y no por hacer fotos urbanas, etc... Enlace al comentario Compartir en otros sitios web Mas opciones de compartir...
pollokron Publicado 11 de Octubre de 2012 Compartir Publicado 11 de Octubre de 2012 Yo tengo una duda tremenda al respecto, por ejemplo he cubierto un evento oficial por un ayuntamiento, el cual es una concentracion de automoviles clasicos. El problema es que sale caras conduciendo a los coches, las cuales algunas pueden llegar a ser reconocibles. Pueden denunciarme por eso? Enlace al comentario Compartir en otros sitios web Mas opciones de compartir...
mmmcuack Publicado 11 de Octubre de 2012 Compartir Publicado 11 de Octubre de 2012 Pueden denunciarme por eso? Lo he puesto más arriba, pero lo repego y te pongo en negrita lo que te concierne: Uno. No se reputará, con carácter general, intromisiones ilegítimas las actuaciones autorizadas o acordadas por la Autoridad competente de acuerdo con la Ley, ni cuando predomine un interés histórico, científico o cultural relevante. Dos. En particular, el derecho a la propia imagen no impedirá: Su captación, reproducción o publicación por cualquier medio cuando se trate de personas que ejerzan un cargo público o una profesión de notoriedad o proyección pública y la imagen se capte durante un acto público o en lugares abiertos al público. La utilización de la caricatura de dichas personas, de acuerdo con el uso social. La información gráfica sobre un suceso o acaecimiento público cuando la imagen de una persona determinada aparezca como meramente accesoria. Enlace al comentario Compartir en otros sitios web Mas opciones de compartir...
pollokron Publicado 11 de Octubre de 2012 Compartir Publicado 11 de Octubre de 2012 Lo he puesto más arriba, pero lo repego y te pongo en negrita lo que te concierne: Uno. No se reputará, con carácter general, intromisiones ilegítimas las actuaciones autorizadas o acordadas por la Autoridad competente de acuerdo con la Ley, ni cuando predomine un interés histórico, científico o cultural relevante. Dos. En particular, el derecho a la propia imagen no impedirá: Su captación, reproducción o publicación por cualquier medio cuando se trate de personas que ejerzan un cargo público o una profesión de notoriedad o proyección pública y la imagen se capte durante un acto público o en lugares abiertos al público. La utilización de la caricatura de dichas personas, de acuerdo con el uso social. La información gráfica sobre un suceso o acaecimiento público cuando la imagen de una persona determinada aparezca como meramente accesoria. mmmcuack que grande eres!!! jajajajaja ya me diste un consejo con la d700 que estoy buscando y aqui de nuevo vuelves a ayudarme!! mil veces agradecido!!! un abrazo Enlace al comentario Compartir en otros sitios web Mas opciones de compartir...
JordiLopez Publicado 11 de Octubre de 2012 Compartir Publicado 11 de Octubre de 2012 Lo he puesto más arriba, pero lo repego y te pongo en negrita lo que te concierne: Uno. No se reputará, con carácter general, intromisiones ilegítimas las actuaciones autorizadas o acordadas por la Autoridad competente de acuerdo con la Ley, ni cuando predomine un interés histórico, científico o cultural relevante. Dos. En particular, el derecho a la propia imagen no impedirá: Su captación, reproducción o publicación por cualquier medio cuando se trate de personas que ejerzan un cargo público o una profesión de notoriedad o proyección pública y la imagen se capte durante un acto público o en lugares abiertos al público. La utilización de la caricatura de dichas personas, de acuerdo con el uso social. La información gráfica sobre un suceso o acaecimiento público cuando la imagen de una persona determinada aparezca como meramente accesoria. Y si le hago un retrato a una persona que participe en un acto público, como un acto deportivo o un concierto, y después publico esa foto en un foro de Nikonistas? Creéis que esto queda regulado actualmente por ley? Enlace al comentario Compartir en otros sitios web Mas opciones de compartir...
lensreporter Publicado 11 de Octubre de 2012 Compartir Publicado 11 de Octubre de 2012 Las leyes son las leyes, que no impide que no se cumplan .... En mi generacion (años 60) era la gran moda en la edad de estudiante "evadir" leyes o mejor dicho sabotearlas: Recuerdo a una fiesta en el campo con amigos fumando un poco de yerba (y en aquelos años 1980 en Alemania eso era un delito castigado con penas hasta 1 (fijados 1!) año de carcel. Nosotros alli tirado con musica heavy potente alrededor de una especie de escenario, bailando un poco y ojeando a las chicas y de repente entrando unos 15(!) polis en el recinto (alertados de un denunciante vecino) y nosotros, como ultimo recurso, tirando los canutos al suelo. Luego la tipica procedura de detencion y todos al cuartel. Resultado: libertad sin cargos por falta de pruebas..... Pues amigos, en caso de que vienen las fuerzas del orden, manos a la tarjeta de memoria y tirarla bien lejos...... Enlace al comentario Compartir en otros sitios web Mas opciones de compartir...
Orlik Publicado 12 de Octubre de 2012 Compartir Publicado 12 de Octubre de 2012 Estabamos al borde del abismo y hemos dado un paso adelante. Nuestra sociedad es mas ridícula cada dia Enlace al comentario Compartir en otros sitios web Mas opciones de compartir...
Aru Publicado 12 de Octubre de 2012 Compartir Publicado 12 de Octubre de 2012 pues eso parece.... Aunque yo a estas alturas ya poco me sorprende todo esto. Enlace al comentario Compartir en otros sitios web Mas opciones de compartir...
JordiLopez Publicado 12 de Octubre de 2012 Compartir Publicado 12 de Octubre de 2012 Las leyes son las leyes, que no impide que no se cumplan .... En mi generacion (años 60) era la gran moda en la edad de estudiante "evadir" leyes o mejor dicho sabotearlas: Recuerdo a una fiesta en el campo con amigos fumando un poco de yerba (y en aquelos años 1980 en Alemania eso era un delito castigado con penas hasta 1 (fijados 1!) año de carcel. Nosotros alli tirado con musica heavy potente alrededor de una especie de escenario, bailando un poco y ojeando a las chicas y de repente entrando unos 15(!) polis en el recinto (alertados de un denunciante vecino) y nosotros, como ultimo recurso, tirando los canutos al suelo. Luego la tipica procedura de detencion y todos al cuartel. Resultado: libertad sin cargos por falta de pruebas..... Pues amigos, en caso de que vienen las fuerzas del orden, manos a la tarjeta de memoria y tirarla bien lejos...... jajaja, pues deberemos hacer como dices, con una mano tirar la tarjeta de memoria, y con la otra el portátil, el disco duro multimedia, el USB…. Nos va a salir cara la puñetera foto ¡!!!! La verdad, es que se trata de un tema complejo. Entiendo que se deba regular la difusión indiscriminada de imágenes, todos tenemos derecho a nuestra intimidad, y en mayor medida, a la de nuestro hijos, pero también es cierto que existe la doble moralidad de los que se forran por publicar 4 fotos, y después piden indemnizaciones por una foto publicada sin su consentimiento. Ciertamente todo esto se me escapa, justo hace 4 días que ha empezado a picarme el gusanillo de la fotografía, y no tengo ningún interés profesional, así que será cuestión de utilizar el sentido común, sin ofender a nadie, pero sin dejar de hacer algo que me gusta. Enlace al comentario Compartir en otros sitios web Mas opciones de compartir...
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