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Se me ha roto el obturador¡¡¡


jmalcon

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Hola a todos¡¡ este es un post, que en el peor de los casos me hubiera gustado leerlo y no escribirlo, pero bueno me ha tocado a mi.

Llevaba unos dias entusiasmado despues de haber comprado un filtro x1000 de w+b a un forero y hoy me fuí a a afotar con mi d7000. todo iba perfecto hasta que de repente me da mensaje de error, creí que era la sd que se habia estropeado o que el objetivo se habia roto, pero nunca pensar que era la camara.

Al comprobar que la sd no era, desmonte el objetivo del cuerpo y me encuentro con el espejo levantado y el obturador cerrado con una de las laminas del mismo desencajado.. mi d7000 tendra unos 20.000 disparo a lo mucho..

Le ha pasado a alguien? me ha podido rayar el sensor? hay que cambiar toda la pieza? que pasaria si sde ha rayado el sensor?? perdonen todas estas preguntas pero la preocupacion que tengo es bestial y sobre todo despues de que en la tienda me dijeron que si estaba roto a lo mejor no lo cubria la garantia (casi me pongo como una fiera)) asi que no la he dejado en la tienda y mañana la llevo personalmente al sat que tienen en tenerife para que no me tomen el pelo.. y si hay algun problema que la manden a barcelona.

aqui os dejo unha foto del obturador y otra de la ultima foto sacada justamente cuando se rompió.

Saludos y perdonen mi rayadura de cabeza¡¡

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P1030105 por ARCONCHEL, en Flickr

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_DSC1575 por ARCONCHEL, en Flickr

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Hombre

Si la camara esta en garantia deberian arreglartela sin chistar

Estoy con walterd que parece mas una lamina de la cortinilla, pero aun asi, si se ha desprendio, se ha roto, o se ha soltado, es algo ajeno a ti, sera por algun defecto de fabricacion o montaje o lo que sea

Asi que tranquilo, que lo arreglen y a seguir disfrutando de la "maquina"

Saludos y animos

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Hola a todos y muchas gracias por vuestros comentarios¡¡

Esta tarde he estado en el sat de la tienda donde la compré. cuando el tecnico quito la tapa del cuerpo y vió el panorama solo le falto echarse las manos en la cabeza.. dijo que era una gran putada y que puede ser aun mayor..

Nikon para decir que es un defecto de fabrica, la maquina tiene que tener como mucho 6 meses (la mia tiene 11) y que en el 90 porciento le achacan una mala manipulacion por parte del usuario. El tecnico me dijo que el no podia hacer nada, que estos arreglos solo los pueden hacer los de nikon y que a el no le dan autorizacion para tocarla. tambien me dijo que no veia ningun sintoma de una mala manipulacion pero que los de nikon son los de nikon y que pueden decir lo que les apetezca.

Que puedo hacer si en el peor de lo casos me dicen que es una mala manipulacion y que no me lo arreglan? a donde voy? como los denuncio? y encima como minimo 20 dias sin saber nada..

Bueno espero que todo sean suposiciones y que se quede en nada..

Por cierto, el tecnico me confirmo que era el obturador.

muchas gracias a todos¡¡

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He encontrado esto dandole vueltas a la cabeza y a la red... no pierdan detalle sobre lo que dice de los 6 primeros meses...

 

 

 

La Ley sobre Garantías en los bienes de consumo (Ley 23/2003, de 10 de julio, que entró en vigor el 11 de septiembre). Según el texto de la ley el vendedor deberá responder de aquellos defectos del producto adquirido que lo hacen inútil para el uso a que está destinado, disminuyen su uso y, que de haber sido conocidos por el comprador, éste no lo hubiera adquirido o habría dado menos precio por él.

 

NUEVA LEY DE GARANTíAS EN LA VENTA DE BIENES DE CONSUMO: LAS PRINCIPALES NOVEDADES

 

1. El plazo de garantía se amplía a 2 años COMO MíNIMO para los bienes nuevos y un periodo de garantía MíNIMO de 1 año para los de segunda mano.

2. Una novedad importante es la incorporación del derecho del consumidor a elegir entre la reparación y la sustitución del producto. Si ésta no fuera posible o se demorara irrazonablemente, se podrá optar entre la rebaja del precio o la resolución del contrato (devolver el producto y recuperar el dinero).

3. El vendedor del producto será el garante (responderá ante cualquier falta de conformidad), ya que es con quien el consumidor ha establecido la relación de compraventa. Si resultara imposible o muy difícil dirigirse contra el vendedor (ejemplo: por cierre de establecimiento) el consumidor podrá dirigirse contra el fabricante o el importador.

4. ¿Cuál es el aspecto menos positivo de la nueva ley? La ley contempla que SóLO en los 6 primeros meses tras la compra, se da por su supuesto que la falta de conformidad con el producto ya existía cuando se adquirió, por lo que el consumidor puede exigir hacer uso de su derecho a la garantía (y elegir entre la reparación y la sustitución del bien) automáticamente. Sin embargo, pasados esos 6 meses, el consumidor deberá demostrar que el defecto era de origen y no se ha debido a un mal uso.

 

¿CUáNDO EL CONSUMIDOR PUEDE RECLAMAR?

 

El consumidor podrá reclamar si:

 

El bien adquirido no se ajusta a la descripción realizada por el vendedor.

 

El bien adquirido no tiene las cualidades que el consumidor ha visto mediante una muestra o modelo.

 

El bien adquirido no sirve para los usos a que ordinariamente se destinan los bienes de consumo del mismo tipo.

 

No es apto para el uso especial que hubiese sido requerido por el consumidor y que el vendedor haya aceptado.

 

No presenta la calidad y el comportamiento esperados, especialmente teniendo en cuenta las declaraciones públicas (publicidad, folletos, etiquetado...) sobre sus características concretas hechas por el vendedor o el fabricante.

 

¿QUé PUEDE EL CONSUMIDOR RECLAMAR SI SE DAN ALGUNO DE ESTOS SUPUESTOS?

 

Si en el uso de un producto (de los que se entienden de naturaleza duradera: electrodomésticos, material informático, automóviles, equipos de imagen y sonido...) el consumidor detecta alguno de los supuestos anteriores, TENDRA DERECHO A:

 

ELEGIR entre la REPARACIóN (sin ningún coste) del bien, o su SUSTITUCIóN. La sustitución no podrá exigirse para bienes de segunda mano o para aquellos de imposible sustitución por otros similares.

 

Sólo si la reparación o sustitución no fuesen posibles, o fuesen desproporcionadas, el consumidor podrá ELEGIR una REBAJA en el precio, o DEVOLVER el producto y recuperar su dinero (resolución del contrato).

 

¿QUé PLAZO DE GARANTíA TENEMOS?

 

El periodo de garantía por el que debe responder el vendedor es de 2 años, con dos supuestos:

 

Si la falta de conformidad se manifiesta durante los 6 primeros meses de la entrega, se da por supuesto que el defecto ya existía cuando se entregó el producto. Es decir, en ese plazo, el consumidor para reclamar no deberá demostrar la causa del mal funcionamiento del bien.

 

PERO, a partir del sexto mes, es al consumidor al que le corresponde probar (mediante un informe de un técnico o perito, por ejemplo) que el defecto era de origen y ya existía en el momento de la entrega del producto.

 

¿QUé PLAZO TIENE EL CONSUMIDOR PARA RECLAMAR?

 

El consumidor deberá informar y reclamar al vendedor en el plazo de 2 meses desde que detecte la irregularidad.

 

EL DOCUMENTO DE GARANTíA

 

La garantía comercial y los derechos que esta Ley concede se formalizarán por escrito. El documento de garantía deberá expresar el bien u objeto sobre el que recae, el nombre y dirección del garante (el vendedor), el plazo de duración y el alcance territorial.

 

LA GARANTíA COMERCIAL

 

No hay que confundir la garantía legal con la comercial: Durante los dos años de garantía están cubiertos todos los gastos. A partir de ese plazo, el fabricante puede establecer la garantía que considere conveniente.

 

Saludos.

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No veo ningún problema con el texto, el tema de los 6 meses de que hablas no te incumbe para nada, es una avería y estas en plazo, mira quien te gestiona el envío al Sat si lo haces tu o la tienda y fotocopia documentaciones a enviar y fecha del envío etc, primero al SAT de momento no hay ningún motivo que denunciar. Saludos y suerte.

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Envíala al SAT y no pierdas más el sueño con posibles situaciones negativas.

 

NIKON tiene que responder.

 

Yo he llevado la mía no sé cuántas veces, y en ningún caso era tan grave la avería copmo contigo. Simplemente eran ajustes menores.

 

No hay que cansarse... Llama y reclama al SAT cuantas veces haga falta. A mí personalmente me han respondido OK.

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  • Moderadores

Ten en cuenta que, según la legislación española, quien ha de atender la garantía en primera instancia es el vendedor, y no el fabricante, por lo que no considero buena idea que contactes tu directamente con el el servicio técnico de la marca (ha de hacerlo el vendedor); si el vendedor no te da satisfacción puedes recurrir a Consumo que, con la información que aportes, intentará una mediación; suelen dar buen resultado, si la cosa está clara, y además no te costará nada.

 

Por cierto, en una cámara como ésta, y dentro de la caja réflex, no hay mas cortinillas que las del obturador (que es mecánico y de cortinilla) ¿o es que me estoy perdiendo algo?.

 

Saludos cordiales

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  • 4 semanas más tarde...

pues nada, que me han llamado hace una hora mas o menos y me dicen que no entra en garantia.. que le tienen que cambiar el obturador completo y parte de los circuitos del flash (no se seguro.. no escuché bien) el presupuesto aproximado es de 220 euros, el motivo de por que no entra en garantia es simplemente que no entra. les he dicho que me envien el informe del sat del reino unido que es donde lo han enviado..

Ahora creo que toca reclamar.. uff de decepcion

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No entiendo en absoluto, cómo es posible que no entre un componente en garantía, cuando la rotura ha sido haciendo un uso normal de la cámara.

 

Habrá que preguntarles qué componentes entran en garantia.

 

Vergonzoso !.

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